A los/as Legisladores/as Nacionales:
Las organizaciones, instituciones académicas y movimientos sociales que integramos la Red Habitar Argentina[1], nos dirigimos a usted – en el marco de la etapa final del tratamiento legislativo de reforma, actualización y unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación- a fin de reiterar nuestro pedido de que la norma en discusión represente un cambio legislativo que incorpore los estándares y obligaciones internacionales - con jerarquía constitucional- asumidas en materia de derechos humanos y conduzca a la ampliación de derechos de los sectores populares que habitan de manera informal e irregular en la ciudad y en el campo.
Para ello, en ocasión de las anteriores oportunidades brindadas a los fines de garantizar la participación en este proceso, consideramos imprescindible que en el texto se contemple adecuadamente las formas de vivir (villas y asentamientos urbanos) y producir (tierras rurales para los campesinos) de los sectores más empobrecidos.
En ese sentido, recibimos con sumo agrado que el predictamen del Frente para la Victoria hubiera introducido en el código civil el reconocimiento expreso de la función social de la propiedad[2] y notamos asimismo que también el predictamen del partido radical hacía un reconocimiento indirecto a este principio al referirse a los límites al ejercicio de los derechos individuales sobre los bienes.
Con preocupación recibimos la noticia de la supresión de este principio en el dictamen de comisión, lo cual consideramos un grave retroceso que desprotege a los sectores más necesitados de la sociedad. El reconocimiento de este principio es imprescindible para la constitucionalización y modernización del Código, que lo ubique en línea con el derecho internacional de los derechos humanos. Su incorporación no afectaría el derecho de propiedad sino que lo armonizaría con el interés social, a tono con 14 constituciones provinciales y otros países de la región que poseen este principio con rango constitucional como Brasil, Bolivia, Chile, Ecuador y El Salvador.
Asimismo este principio debe ser acompañado de nuevos instrumentos de adquisición del dominio, que ofrezcan alternativas de regularización para las formas de habitar popular y herramientas de intervención estatal para resolver el acceso al suelo y al territorio que afectan a cientos de miles familias pobres en áreas urbanas y rurales.
Como está planteado, el dictamen de la Comisión Bicameral contempla sólo normas jurídicas que permiten regularizar los actuales modos de vivir de los sectores de altos ingresos (barrios privados) y excluye la regularización de las maneras de vivir (villas y asentamientos urbanos) y producir (tierras rurales para los campesinos) de los sectores más empobrecidos.
Resulta indispensable que, en lo que está su alcance, el código procure resolver y atender la situación de informalidad y precariedad en la que viven millones de familias pobres urbanas y campesinas en nuestro país. Por ello, desde Habitar Argentina, hacemos un último llamado a los/as legisladores/as, a tomar en cuenta todos los argumentos y propuestas realizadas en las audiencias públicas e incorporar en el Código Civil y Comercial los derechos de los sectores cuyos derechos hoy se encuentran ausentes en la discusión.
Sin otro particular, saludamos a usted atentamente,
[1] CELS - Centro de estudios legales y sociales, Defensoría general de la Nación, F.O.T.I.V.B.A - Foro de Organizaciones de Tierra, Infraestructura y Vivienda de la Pcia. Buenos Aires, Madre Tierra – Asociación Civil, Fundación Vivienda y Comunidad, S.E.D.E.C.A. Secretariado de Apoyo a Comunidades Autogestionarias, Asociación Barrio San Cayetano – La Matanza, Centro Cultural Kichari Huasi _ Hurlingham, Mutual 6 de Noviembre – San Miguel, Asoc. Esperanza de Una Meta – Morón, Asoc. Sueño de Barrios – La Matanza, Junta Vecinal Las Lomitas de Loma Hermosa, Vivienda Social Iglú de Bahía Blanca, Asociación Civil La Mesa (Moreno), Cooperativa de Trabajo Mi Pachamama SRL (Moreno), Agrupación J. W. Cooke (FPV), TECHO Argentina (Un Techo para mi País), Proyecto Habitar Fadu UBA, Fe. De .Vi, Alianza Internacional de Habitantes (AIH) , Equipo Infohábitat UNGS, Área de estudios urbanos del Instituto del Gino Germani UBA, ACIJ - Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, Encuentro de Entidades No Gubernamentales para el Desarrollo (EENGD) - Comisión de Hábitat, Asociación Civil La Minga (La Minga), Asociación de Vivienda Económica- Centro Experimental de la Vivienda Económica (AVE-CEVE), Asociación para la Promoción de Organizaciones y Hábitat en el Departamento Colon (APROHCOL), UN TECHO para mi Hermano Río Negro, Instituto Patagónico de Desarrollo Social (INPADES), Servicio Habitacional y de Acción Social (SEHAS), - Servicio de Promoción Humana (SERVIPROH), Laboratorio de Políticas Públicas Buenos Aires, Colectivo por la Igualdad, Asociación de Abogados Ambientalistas, Cátedra Planificación Urbanística- FAU- UCU Universidad de Concepción del Uruguay de Entre Ríos, CIBA Coordinadora Inquilinos de Buenos Aires , Fundación Sagrada Familia, Instituto Internacional de Medio Ambiente (IIED-AD), Cprom Facultad de Filosofía y Letras Uba, Proyecto Calle Hábitat Fadu Uba, ACINA (Asamblea Campesina Indígena del Norte Argentino), Resistencia Cultural Barrial, Movimiento Nacional Campesino Indígena -Via Campesina, Ser.Cu.Po, Incupo, Servicio Socio Habitacional de la Universidad Católica de Códroba, Comisión de vecinos “lugano en marcha” , Centro de derechos humanos de la Universidad Nacional de Lanús, Eduardo Reese, Nadia Finck, Arq Jaime Sorín ( ex Decano Fadu Uba) Luis Baer(Conicet Uba), Jorge Blanco (director del instituto de geografía Uba) entre otras organizaciones, legisladores, funcionarios y profesionales que vienen participando de este espacio. http://habitarargentina.blogspot.com.ar/p/quienes-somos.html
[2]“La propiedad tiene una función social y, en consecuencia, está sometida a las obligaciones que establece la ley con fines de bien común.”