El día 14 de octubre se aprobó en Bariloche una ordenanza donde se le otorga derecho al municipio para que participe de la renta urbana diferencial de cualquier bien inmueble por efecto de una decisión administrativa. Es decir que, cada vez que una decisión administrativa del Estado genere un incremento del valor del bien inmueble, el propiertario beneficiado deberá ceder un 30% de su incremento patrimonial al Municipio mediante la cesión de tierras, la construcción de obras de infraestructura pública, u otras formas de cumplimiento "que satisfagan el interés de la ciudad".
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