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La justicia porteña condenó a siete inquilinos de condición humilde a seis meses de prisión por acusarlos del delito de usurpación de una vivienda en San Telmo, cuyo propietario es un hombre de origen japonés que se considera un linyera.
Este acto repudiable sienta precedente jurídico contra las personas sin techo, imposibilitadas de ejercer el derecho a la vivienda y cuya única alternativa de acceder a un lugar donde vivir, es por medio de la ocupación de inmuebles vacíos (que en la Ciudad de Buenos Aires son miles).

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El día 14 de octubre se aprobó en Bariloche una ordenanza donde se le otorga derecho al municipio para que participe de la renta urbana diferencial de cualquier bien inmueble por efecto de una decisión administrativa. Es decir que, cada vez que una decisión administrativa del Estado genere un incremento del valor del bien inmueble, el propiertario beneficiado deberá ceder un 30% de su incremento patrimonial al Municipio mediante la cesión de tierras, la construcción de obras de infraestructura pública, u otras formas de cumplimiento "que satisfagan el interés de la ciudad".

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